Código de ética – IMRC

CÓDIGO DE ÉTICA

Código de Ética del Instituto Médico Río Cuarto

Es el documento institucional que establece los principios y pautas de conducta fundamentales destinados a orientar el comportamiento de los integrantes de la comunidad hospitalaria en todos los ámbitos vinculados a la Institución.

¿Cuál es la finalidad del Código de Ética?

El bien común, a través de la puesta en práctica de sus principios, a fin de asegurar una cultura de transparencia, excelencia y seguridad.

¿Cómo se crea el Código de Ética?

El Instituto Médico Río Cuarto crea el presente Código de Ética inspirado en las bases filosóficas y éticas que han sustentado el accionar de la Institución. En este marco, un grupo interdisciplinario de la organización ha elaborado el presente Código de Ética, con la participación y convalidación de los responsables e integrantes representativos de la comunidad de la Institución.

¿Quiénes están comprometidos a obrar de acuerdo al Código de Ética y dónde se aplica?

El presente Código compromete a todos los integrantes de la comunidad del Instituto Médico Río Cuarto. En consecuencia, deben, con transparencia y lealtad, obrar de acuerdo con el presente Código: los miembros de la Comisión Directiva, Dirección Médica, Dirección administrativa, Dirección de recursos humano, los jefes de los departamentos médicos y los jefes de servicio; los gerentes y los jefes de departamento y sección; los profesionales de la salud y los pertenecientes a otras profesiones vinculadas a la organización; los empleados con y sin función asistencial; los becarios, pasantes, residentes, rotantes y voluntarios; las personas con cargos honoríficos y los invitados a actividades vinculadas a la asistencia, investigación o docencia. Deberán adherir los proveedores con dependientes afectados a la Institución y los demás proveedores; las empresas contratistas y su personal interviniente en obras; los prestadores y financiadores externos. Cada uno de los mencionados queda comprometido, en el marco de la naturaleza de sus funciones y responsabilidades.

Conceptos fundamentales del Código de Ética

Comprometer a todos los integrantes del Instituto Medico Rio Cuarto para que, en cada una de sus actividades o funciones, tengan como principios:

▪ El respeto por las personas.

▪ El respeto por los derechos de los pacientes.

▪ El compromiso de orientar la vocación de servicio profesional al bien común.

▪ El compromiso de mantener una actitud sencilla y humilde, en particular con los pacientes.

▪ El respeto por la Institución.

▪ El compromiso con la cultura de seguridad, transparencia y excelencia.

▪ El compromiso y la responsabilidad social con la comunidad y el medio ambiente.

¿Cómo se llevan a la práctica los principios del Código de Ética?

La Institución se compromete al desarrollo de políticas y programas de promoción, capacitación y control del ejercicio de los principios del Código de Ética. También se compromete a mantener sensibilizados a sus integrantes en la puesta en práctica de sus principios y la participación en los procesos de revisión del Código. Los integrantes del Instituto Medico Rio Cuarto se comprometen a mantener siempre vivos los valores y comportarse conforme a los principios aquí expresados.

1.-COMPROMISO DEL INSTTUTO MEDICO RIO CUARTO CON SUS PACIENTES

Desde hace 70 años, procuramos brindar a los pacientes una atención de calidad que respete su identidad individual y su dignidad humana. Por este motivo, el Instituto Medico Rio Cuarto se compromete a:

Una asistencia respetuosa.

▪ Brindar asistencia médica asegurando la ausencia de discriminación por razones de género, orientación sexual, etnia, religión, edad, o condiciones socioeconómicas, entre otras.

▪ Brindar un trato cálido, atento y respetuoso a todos los pacientes.

▪ Respetar la privacidad de cada paciente durante todo el proceso asistencial.

▪ Verificar con el paciente el grado de privacidad consentida en oportunidad de la asistencia médica, con respecto a la observación de profesionales en formación o estudiantes.

▪ Instruir a sus profesionales, profesionales en formación y estudiantes, para que se identifiquen con su nombre, servicio y cargo.

▪ Posibilitar que el paciente reciba atención religiosa si la requiere.

▪ Otorgar asistencia conforme a las pautas culturales del paciente, siempre y cuando éstas no afecten a terceros.

Promover la participación de los pacientes en las decisiones sobre su asistencia.

▪ Facilitar la comunicación, adecuando el lenguaje a las necesidades y circunstancias de cada paciente.

▪ Dar al paciente información en forma anticipada acerca de las reglas que afecten su asistencia.

▪ Brindar al paciente información sobre su condición, tratamiento y pronóstico, como así también sobre los posibles efectos imprevistos de su asistencia.

▪ Ofrecer al paciente información sobre los medicamentos que recibe y sus efectos colaterales.

▪ Fomentar la participación del paciente en la planificación de su plan de tratamiento.

▪ Respetar el derecho del paciente a rehusar tratamientos conforme a lo permitido por la ley.

▪ Respetar el derecho del paciente a interrumpir su tratamiento.

▪ Posibilitar al paciente el derecho a dar directivas anticipadas, conforme a la ley y las normas institucionales.

▪ Impedir que el paciente reciba un tratamiento experimental sin su consentimiento.

▪ Permitir al paciente la elección, en el marco de la disponibilidad y organización de la Institución, de su médico tratante.

▪ Respetar el derecho del paciente a contar con una segunda opinión.

▪ Otorgar al paciente toda la información necesaria acerca de la posibilidad de ser donante de órganos y de expresar su voluntad al respecto

Brindar al paciente acceso a su expediente médico

▪ Posibilitar que el paciente acceda a su Historia Clínica, siguiendo las normativas de la Institución en consonancia con la normativa vigente.

Deber de confidencialidad – Protección de datos

▪ Registrar los datos personales relativos a la salud física o mental de los pacientes bajo los principios del secreto profesional y la normativa vigente.

▪ Respetar la confidencialidad de la Historia Clínica, diagnóstico y pronóstico de los pacientes. ▪ Adoptar las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para la seguridad y confidencialidad de los datos personales de los pacientes.

Brindar información a los pacientes sobre su cuidado y gastos

▪ Brindar información al paciente sobre su asistencia médica de modo que resulte comprensible.

▪ Dar a conocer al paciente, en forma anticipada, las normas institucionales y los gastos estimativos que generará su atención.

▪ Brindar al paciente constancia detallada de los gastos generados por su atención, de acuerdo a la normativa vigente.

Reconocer el particular respeto en la atención de niños, adolescentes e incapaces

▪ Velar por el interés superior de niños, adolescentes e incapaces.

2.-COMPROMISO DEL INSTITUTO MEDICO CON SUS INTEGRANTES

El Instituto Medico Rio Cuarto compromete sus recursos y orienta a sus integrantes para brindar servicios médicos y sanitarios de máxima calidad, tanto en el plano asistencial, como en el académico y de investigación. Son destinatarios de su actividad la población que lo integra y la comunidad en la que se desenvuelve.

Clima organizacional La Institución reconoce la identidad de cada una de las personas que integran el Instituto Medico Rio Cuarto garantizando la libertad de culto y orientación política, entre otras. La Institución promueve un clima organizacional basado en la confianza, el respeto y la lealtad. En este mismo sentido, los responsables y referentes de la Institución tienen como objetivos:

– Promover en los integrantes de la Institución el trabajo en equipo y la vocación de servicio, con independencia de su función, vínculo contractual o jerarquía.

– Brindar a los integrantes de la Institución información clara, efectiva y capacitación continua.

– Establecer entre los integrantes de la Institución un clima propicio para evitar conductas reprochables.

– Favorecer a los integrantes de la Institución la comunicación de errores o incidentes, como parte del proceso de mejora continua.

Cultura de seguridad El Instituto asegura condiciones edilicias y una organización que promueve la seguridad, la higiene y el cuidado de la salud de sus integrantes, bajo la normativa vigente y con el propósito de obtener patrones de excelencia. Los integrantes de la Institución se comprometen a la actualización continua y la observación de los procedimientos vinculados a la cultura de la seguridad, mediante la realización de capacitaciones brindadas por el Hospital y el aviso oportuno de errores o accidentes.

Desarrollo humano En sus relaciones de trabajo o de contratación civil o comercial, la Institución garantiza el respeto de los derechos humanos, expresados principalmente en el compromiso con la prohibición y erradicación del trabajo infantil o forzoso y de todo tipo de discriminación (por razones de género, orientación sexual, etnia, religión o edad, entre otras), como así también, el cumplimiento de todas las normativas vigentes al respecto. La gestión de los recursos humanos tiene como fin garantizar la igualdad de oportunidades y el crecimiento profesional por orden de mérito, vinculados a las competencias profesionales, el comportamiento ético y el liderazgo positivo. Asimismo, se compromete con sus empleados a través del establecimiento de un salario justo y competitivo en el marco de los convenios colectivos, los acuerdos y la legislación laboral vigente. Desarrolla una política de beneficios orienta da a la promoción de condiciones para el desarrollo de la vida personal y familiar de sus integrantes.

Libertad de opinión y asociación La Institución se compromete a mantener un diálogo constructivo con sus empleados y representantes. Garantiza el derecho de afiliación sindical y representación en la negociación colectiva. Así también, son plenamente respetados la postulación a cargos y su desempeño, en el marco de las leyes locales vigentes y de conformidad con ellas.

Protección de datos La Institución se compromete a la protección integral de los datos personales de los miembros del Instituto Medico Rio Cuarto, independientemente del soporte en el que estén registrados y en el marco de la legislación vigente.

Capacitación para la práctica ética e identificación de conflictos El Instituto Medico Rio Cuarto se compromete a:

– Capacitar a sus integrantes para la puesta en práctica de su Código de Ética en todas las acciones o ámbitos vinculados a la organización.

– Informar y capacitar respecto de los permisos y restricciones de uso de las instalaciones y los recursos (por ejemplo: camillas, quirófanos, herramientas informáticas, etc.).

– Capacitar a sus Integrantes en la comunicación, con espíritu constructivo, de los posibles conflictos éticos.

3.-COMPROMISO DE LOS INTEGRANTES DEL INSTITUTO MEDICOMRIO CUARTO CON LA INSTITUCION

Los integrantes del Instituto Medico Rio Cuarto deben comprometerse con el cumplimiento de éste Código de Ética y las leyes nacionales vigentes. El presente Código de Ética sirve de marco a los reglamentos profesionales y de empleados, que adoptan sus principios como pautas generales para la regulación específica.

Transparencia Los integrantes del Instituto Medico Rio Cuarto deben colaborar en la identificación y tratamiento de conflictos éticos, para la obtención de soluciones justas, oportunas y ejemplificadoras. Los responsables y referentes del Instituto Medico Rio Cuarto deben cumplir con el principio o pauta de transparencia, fundamentando y registrando sus decisiones, para luego hacerlas conocer a los demás integrantes del Instituto Medico Rio Cuarto

Respeto y cuidados recíprocos Los integrantes del Instituto Medico Rio Cuarto deben comprometerse a:

▪ No realizar omisiones o actos discriminatorios por motivos de etnia, religión, nacionalidad, ideología, condición social, orientación sexual o caracteres físicos.

▪ Reconocer la identidad de los demás integrantes del Instituto Medico Rio Cuarto, su derecho a ser informados y bien tratados y al resguardo de su intimidad.

▪ Brindar a los demás integrantes de la comunidad hospitalaria respeto, trato digno y cuidados recíprocos con independencia de su función, vínculo contractual o jerarquía.

Confidencialidad

Los integrantes de la organización deben reconocer la imperiosa necesidad de que la información y conocimientos que adquieren sobre los datos personales, las características y el estado de salud de los pacientes sean tratados con el mayor grado de reserva y confidencialidad que las circunstancias permitan en el marco de los convenios asumidos, los principios de secreto profesional y la normativa vigente. Asimismo, son responsables de resguardar la confidencialidad y el uso debido de la información societaria, contable, financiera, comercial y patrimonial de la Institución y de terceros relacionados con ésta; como así también la vinculada a innovaciones y descubrimientos, conforme los compromisos asumidos y las leyes vigentes.

Integridad Los integrantes de la comunidad hospitalaria deben comprometerse a:

▪ Proteger las propiedades de la Institución y otros activos, tangibles o intangibles, contra el uso no autorizado, el daño o la pérdida, por negligencia sobre las cosas y/o por la comisión de delitos.

▪ Desarrollar su actividad con honestidad, evitando toda situación propicia a actos de corrupción, o de tolerancia a desvíos en los procedimientos y su control.

▪ Rechazar, tanto los integrantes de la comunidad hospitalaria como sus allegados, obsequios o atenciones destinados a obtener ventajas indebidas, ya sean recibidos de parte de terceros o entre sí.

4.-COMPROMISO DE LA INSTITUCION CON SUS INTEGRANTES

El Instituto Medico Rio Cuarto se compromete a:

▪ Brindar los recursos disponibles y una organización adecuada para el desarrollo de la actividad asistencial y de investigación, centrada en el respeto por las personas, en particular los pacientes.

▪ Establecer medios eficaces para garantizar el acceso a la información entre todos los integrantes de la organización.

▪ Promover la formación continua de sus profesionales para garantizar sus competencias, y disponer órganos de garantía de calidad.

▪ Fomentar y llevar adelante políticas y programas de apoyo, para la mejor interrelación entre los equipos de trabajo de la organización.

▪ Promover, con espíritu constructivo, la comunicación de errores y conflictos éticos, para enriquecer el proceso de mejora continua.

▪ Proteger la información de carácter personal de sus profesionales y velar por el respeto de su intimidad.

▪ Promover el entendimiento y respeto entre los profesionales para prevenir conflictos y/o trato injusto.

▪ Establecer órganos consultivos de colaboración para la resolución de conflictos y dudas.

▪ Brindar espacios para la realización de propuestas de mejora continua, eficiencia asistencial y calidad, y proporcionar posterior acompañamiento en su desarrollo.

Respetar la objeción de conciencia que manifieste el profesional actuante, siempre que otro profesional competente pueda hacerse cargo del paciente.

5.-COMPROMISOS DE LOS PROFESIONALES DE LAS SALUD CON LA INSTITUCION

Los profesionales se comprometen a:

▪ Orientar la vocación de servicio profesional al bien común.

▪ Mantener una actitud sencilla y asumir las actividades asistenciales de acuerdo a las propias posibilidades y límites.

▪ Realizar las tareas en el marco de la organización de la Institución para la seguridad de los pacientes.

▪ Comunicar con espíritu constructivo los errores y conflictos éticos, a fin de enriquecer los procesos de mejora continua.

▪ Orientar sus acciones de modo de brindar ejemplos de buenas prácticas, trabajo en equipo y mejora en la calidad de los servicios.

▪ Brindar respeto, trato digno y cuidados recíprocos con independencia de su función, vínculo contractual o jerarquía.

▪ Recibir capacitaciones en nuevas técnicas y tecnologías que se implementen en la Institución. ▪ Actualizar de manera continua los conocimientos y habilidades propios de su ciencia.

▪ Eximirse del deber de asistencia solo cuando se hubiere hecho cargo efectivamente del paciente otro profesional competente (objeción de conciencia).

▪ Realizar trabajos de investigación clínica en forma transparente, debidamente sometidos a aprobación de los comités pertinentes y de acuerdo a las normas internacionales de ética en investigación,

6.-COMPROMISO DE LA INSTITUCIÓN CON LOS PROFESIONALES DE LA SALUD EN FORMACIÓN Y CON LOS ESTUDIANTES DE LAS CIENCIAS DE LA SALUD Y AFINES

El Instituto Medico Rio Cuarto, en su acción conjunta con las diferentes entidades publicas y privadas de formación universitaria, se compromete a:

▪ Proporcionar los medios adecuados que resulten posibles, para que los estudiantes y profesionales puedan desarrollar su formación en un ambiente de respeto y tolerancia.

▪ Proveer a los alumnos, residentes, becarios, rotantes y visitantes la supervisión permanente, por parte de profesionales, que el proceso de enseñanza aprendizaje requiere.

▪ Promover acciones dirigidas a resolver conflictos, contradicciones, discrepancias o dudas, estableciendo órganos consultivos y de apoyo al proceso formativo.

▪ Respetar la intimidad y velar por la confidencialidad de la información de carácter personal.

▪ Establecer canales eficaces para garantizar la comunicación y la difusión de la información entre todos los niveles de la organización.

▪ Dar impulso y apoyo a las iniciativas de mejora y de búsqueda

▪ Respetar y hacer respetar, a estudiantes y profesionales en formación involucrados en protocolos de investigación, las reglas de seguridad de los pacientes establecidas por los organismos extra e intra-institucionales que legislan dichos protocolos.de la calidad y la eficiencia, en el marco del proceso formativo, garantizando la seguridad de los pacientes.

7.-COMPROMISO DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD / AFINES Y ESTUDIANTES DE CIENCIAS DE LA SALUD Y AFINES

Los alumnos, estudiantes, residentes, becarios y visitantes se comprometen a:

▪ Asumir las actividades formativas que la Institución les brinda, de acuerdo con las propias posibilidades, reconociendo los límites individuales y legales que garanticen la seguridad de los pacientes.

▪ Promover con espíritu constructivo la comunicación de los errores y reacciones adversas, a fin de establecer, junto a los organismos que supervisan el proceso formativo, acciones correctoras y medidas de control.

▪ Ofrecer ejemplo de buenas prácticas y compromiso con las instituciones que velan por su formación.

▪ Mantener el respeto, la confianza, el espíritu de colaboración y la cordialidad hacia los demás integrantes del equipo, a pesar de las discrepancias que pudieran aparecer.

▪ Tener una actitud proactiva hacia el aprendizaje de nuevas técnicas y tecnologías que se implementen en el Instituto Medico Rio Cuarto y que formen parte del proceso de aprendizaje.

▪ Respetar las reglas fijadas por los organismos de control extra e intra-institucionales para los protocolos de investigación, cuando la participación en los mismos forme parte del proceso formativo.

▪ Contribuir a la mejora de la calidad del proceso formativo.

8.-COMPROMISO DE LA INSTITUCIÓN CON LOS PROVEEDORES

La Institución se compromete a:

▪ Seleccionar y relacionarse con aquellos proveedores de bienes y servicios cuyas prácticas empresariales respeten la dignidad humana, el medio ambiente, el presente marco ético y la legislación vigente.

▪ Establecer reglas, para el concurso de selección de proveedores, que aseguren la leal y libre competencia en función de los antecedentes, calidad, precio y distribución de bienes y servicios.

▪ No aceptar obsequios o atenciones –ya sea de terceros o entre sí– destinados a obtener ventajas indebidas.

▪ Implementar políticas institucionales que permitan la revisión de competencia e idoneidad de los proveedores seleccionados, conforme las normas éticas y legales, en base a la búsqueda de excelencia, calidad y satisfacción esperada por los usuarios y consumidores de los bienes y servicios.

9.-COMPROMISO DE LOS PROVEEDORES

Los proveedores se comprometen a:

▪ Desarrollar su actividad con honestidad, evitando toda situación propicia a actos de corrupción, extorsión o tolerancia a desvíos en los procedimientos y su control.

▪ No ofrecer obsequios o atenciones, a integrantes del Instituto Medico Rio Cuarto o a sus allegados, destinados a obtener ventajas indebidas.

▪ Conducirse conforme a las normas de competencia leal y a la legislación vigente sobre derecho del trabajo, calidad, salud, seguridad y medio ambiente.

▪ Obtener y mantener actualizados todos los permisos, licencias y registros necesarios relacionados con su actividad.

▪ Garantizar la calidad de los productos y servicios de su empresa, cumpliendo con los estándares de calidad y seguridad reconocidos o pautados oportunamente y aceptados comúnmente.

▪ Implementar un mecanismo que sirva para identificar, determinar y gestionar los riesgos de sus productos y servicios, en base a la mejora continua.

▪ Contar con un sistema rápido y eficaz en relación a los reclamos de los usuarios, en pos de la satisfacción de éstos y la calidad de sus productos y servicios.

▪ Proteger y usar los datos conforme al deber de confidencialidad que surge de la normativa vigente y de lo acordado entre las partes.

▪ Aquellos proveedores que manipulen, trasladen, almacenen, reciclen, reutilicen o gestionen residuos, o que por su actividad tuvieran un potencial lesivo sobre la salud humana o del medio ambiente, deberán disponer de un sistema que garantice la seguridad de éstos conforme a la normativa vigente.

10.-COMPROMISO DE TRANFERENCIA COMERCIAL Y FINANCIERA

El Instituto Medico Rio Cuarto se compromete a comunicar y formar a sus integrantes respecto a sus políticas de transparencia comercial y financiera, en su función de Institución de prestador. La Institución se compromete a proporcionar información en lenguaje sencillo y claro para que todos sus usuarios comprendan el alcance de las pautas comerciales vinculadas a las prestaciones que brinda. En el ámbito de la gestión de los recursos, costos y gastos: La Institución debe garantizar el cumplimiento efectivo de sus políticas, así como de las normas y procedimientos de registro, control y auditoría y protección de activos, para impedir cualquier forma de corrupción, lavado de dinero, competencia desleal y daño empresarial a la Institución o incumplimiento de las normas vigentes en los procesos de apoyo comercial y financiero. En cuanto a su responsabilidad con su tarea asistencial: La necesidad de asistencia médica y seguridad del paciente conforma nuestro principal objetivo, por lo que ninguna atención en urgencia será demorada por cuestiones administrativas. Es nuestra prioridad la sostenibilidad de la estructura organizacional en el marco de las regulaciones legales vigentes, y el respeto de la relación con los clientes, conforme a las relaciones interinstitucionales establecidas.

11.-COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD SOCIAL CON LA COMUNIDAD

La Institución es una organización con fines de lucro, orientada a la realización de acciones de interés público en el campo de la asistencia en salud, docencia e investigación. Su compromiso de generar valor social en dichas áreas se orienta y desarrolla en las siguientes líneas de acción:

Docencia Consciente del valor social que representa, el INSTITUTO MÉDICO RÍO CUARTO pone especial énfasis en la educación de excelencia en grado, postgrado, residencias y sistemas de becas de perfeccionamiento. Asimismo, es un compromiso institucional la educación en salud para la comunidad a través de diversos canales (cursos, jornadas, talleres y publicaciones gratuitas, etc.).

Asistencia Colaborar con asistencia médica gratuita en comunidades de escasos recursos.

Voluntariado La promoción del voluntariado a través de acciones solidarias.
Investigación La promoción y desarrollo de proyectos.

Investigación La promoción y desarrollo de proyectos.

12.-COMPROMISO CON EL MEDIO AMBIENTE

EL Instituto Medico Rio Cuarto trabaja activamente para reducir el impacto que su propia operatoria produce en el entorno, el cual forma parte también de las condiciones de salud de la comunidad. Para ello, busca en forma permanente optimizar los procesos de atención y el uso racional de los recursos. La Institución capacita y compromete a sus miembros en forma permanente, activa y responsable, en la protección y conservación del medio ambiente. En este mismo sentido, respeta el ordenamiento legal en cuanto a la salud ambiental, y aplica estándares de cuidado aún sin exigencia legal que lo requiera. De esta forma, procuramos seleccionar la mejor alternativa para un desarrollo ambiental sustentable.

13.-COMUNICACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Todos los integrantes del Instituto Medico0 Rio Cuarto se comprometen a identificar y comunicar posibles conflictos éticos o conductas no éticas, para su tratamiento de acuerdo a las pautas, reglamentos y procedimientos institucionales. La Institución mantendrá disponibles vías seguras y confidenciales para la comunicación de conflictos éticos. Los responsables y referentes de la Institución se comprometen a la implementación de procedimientos ecuánimes para el tratamiento de los conflictos éticos, que garanticen soluciones justas y ejemplificadoras. Los conflictos éticos no alcanzados por los reglamentos y procedimientos institucionales, o no resueltos, tendrán su tribunal ad hoc . La resolución de conflictos que surjan de la atención de los pacientes podrá ser derivada a la consulta al Comité de Bioética, (del Hospital San Antonio de Padua) cuya función principal es fundamentalmente debe ser la de velar por el respeto a los derechos de los pacientes, promoviendo la calidad y corrección de las prácticas médicas asistenciales.

14.-NORMA DE COMUNICACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTO

Toda persona pública o privada que se considere fundadamente afectada por la acción u omisión a los principios éticos descriptos en este Código de Ética, derivados de la conducta de alguno o algunos de los agentes de salud comprendidos en el presente Código, dentro del año de producido el hecho.- La denuncia será ingresada por la Secretaria de recursos humanos y estará formulada por escrito y firmada, con adjudicación de los instrumentos públicos o privados que la refieran. Tanto la denuncia como los instrumentos que la refieran serán acompañados por tantos juegos de copias como resulte el número de partes denunciadas, expresando el denunciante en la presentación su nombre, apellido, número de documento y actividad que desempeña, practicando a continuación una reseña de los hechos que motivan la denuncia, con indicación específica de los agentes de la salud involucrados en el conflicto ético, así como, en su caso, con indicación de sus nombres y domicilios; así como de los nombres y domicilios de los testigos, que sin exceder el número de tres. El denunciante podrá, a su exclusivo coste, acompañar su denuncia con el patrocinio de un abogado.

Art. 1.– Por la Secretaría de recursos humanos del Instituto Medico Rio Cuarto se dará ingreso a la denuncia, mediante su asiento en el Libro de Registro foliado creado al efecto, donde se hará constar la fecha de ingreso de la denuncia, el número correlativo y sucesivo del expediente, el nombre de la parte denunciante y de la parte denunciada, abriéndose un Legajo en cuya carátula se insertarán los mismos requisitos.

Art. 2.– Dentro de los 5 (cinco) días hábiles de su ingreso, el Sumario del Expediente será girado al DIRECTORIO DEL INSTITUTO MEDICO RIO CUARTO, haciéndose constar la fecha de dicha recepción en el Libro mencionado en el artículo anterior.

Art. 3.- El DIRECTORIO examinará los antecedentes presentados y dispondrá la apertura del sumario, si apreciase y entendiese que los hechos denunciados poseen relevancia ética en orden a los fines del presente Código.

Art. 4.– Dentro de los 10 (diez) días hábiles de abierto el DIRECTORIO, por medio fehaciente se dará traslado a los denunciados, tanto de la presentación como de las copias de los instrumentos que la refieran, quien o quienes contarán con 15 (quince) días hábiles para presentar su descargo con la adjunción de los instrumentos que las refieran, con tantas copias como sea el número de los denunciantes, donde constarán nombres, domicilios, documentos y profesión. En el Sumario se dejará constancia de la fecha de emisión y de la fecha de recepción. El o los denunciados podrán, a su exclusivo coste, contar con patrocinio de un abogado para su presentación. La ausencia de una presentación en respuesta por el o los denunciado/s, será un antecedente que se considerará al momento de la Resolución final de los Actuados.

Art. 5.- Las Actuaciones serán reservadas y únicamente podrán ser consultadas por las partes, sus letrados designados y las personas autorizadas por las partes actuantes.

Art. 6.– Cumplidos los requisitos y plazos que anteceden, el DIRECTORIO citará de modo fehaciente a las partes para una Audiencia de conciliación que se celebra EN LAS INSTALCIONES DEL Instituto Medico Rio Cuarto, estableciéndose en la citación el día y hora de la Audiencia y emitiéndose la comunicación con una antelación no inferior a los (15) quince días hábiles de la fecha dispuesta para la Audiencia.

Art. 7.– Sin perjuicio del efectivo cumplimiento de las normas del presente capítulo y a efectos de garantizar plenamente el debido procedimiento para las partes, el DIRECTORIO, a su criterio, podrá disponer prórrogas de los plazos y la adopción de cuantas más medidas sean oportunas para la mejor resolución del conflicto ético planteado. A los fines y efectos mencionados, el DIRECTORIO podrá dictar normas de procedimientos que considere útiles o convenientes para cumplir con su cometido, las cuales serán entregadas a la parte denunciante y denunciada para su conocimiento

Art. 8 .-El DIRECTORIO puede derivar si lo considera necesario la derivación del conflicto a tribunales ad hoc.